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Código de Comercio Colombiano - Decreto 410 de 1971 - Libro Quinto - De la Navegación - Primera Parte - De la Navegación Acuática - Título IV - Del Capitán - Del: Art. 1495Al: Art. 1505

Art. 1495.-  El capitán es el jefe superior encargado del gobierno y dirección de la nave.  La tripulación y los pasajeros le deben respeto y obediencia en cuanto se refiere al servicio de la nave y a la seguridad de las personas y de la carga que conduzca.  Como representante del armador ejercerá, frente a todos los interesados en la nave y en la carga, los poderes que le sean atribuidos por la ley. Las restricciones convencionales al derecho de representación del capitán no serán oponibles a terceros de buena fe. Art. 1496.-  En caso de muerte, ausencia o inhabilitación del capitán de una nave de línea de navegación de altura, el gobierno del buque corresponderá a los oficiales de cubierta, según el orden de sus jerarquías, hasta el puerto del próximo arribo, donde la competente autoridad o la consular nombrará al capitán, por el tiempo necesario. Para todas las demás naves, incluyendo las de servicios públicos de líneas, tanto en la navegación interio...

Código de Comercio Colombiano - Decreto 410 de 1971 - Libro Quinto - De la Navegación - Primera Parte - De la Navegación Acuática - Título XI - Del Arrendamiento de las Naves - Capítulo X - Disposiciones Finales - Del: Art. 1766 Al: Art. 1772

Art. 1766.- Se entienden por embarcaciones fluviales las destinadas a navegar por ríos, lagos o canales, y por navegaciçon fluvial la que se ejecuta con ellas. Art. 1767.- Las embarcaciones fluviales no podrán emplearse en la navegación marítima. Art. 1768.- En la navegación fluvial, deberá llevar el capitán o el contador del buque un registro de cargamentos, destinado a anotar los que reciba la nave para su transporte. Art. 1769.- En la navegación fluvial, el recibo y entrega de la carga no se hará necesariamente bajo aparejo. Art. 1770.- En la navegación fluvial, los animales vivos y la carga que según el contrato de transporte se declaren colocados sobre cubierta o planchones y efectivamente se transporten así, podrán ser amparados por el conocimiento de embarque o documento equivalente para todos los efectos legales. Art. 1771.- En la navegación fluvial, es obligación del capitán poner la carga transportada a disposición de la autoridad judicial del lugar, para que pr...

Código Comercial Chile: Libro III y IV Navegación | Althox

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El Código Comercial de Chile es un pilar fundamental en la regulación de las actividades económicas del país, y dentro de su vasta estructura, los Libros III y IV se dedican específicamente a un ámbito de vital importancia: la navegación, el comercio marítimo y todo lo concerniente a la propiedad naval. Estas secciones establecen las bases legales que rigen desde los eventos que ocurren en alta mar hasta la clasificación de las naves, su propiedad, y los complejos sistemas de privilegios e hipotecas que recaen sobre ellas. La comprensión de estos libros es crucial no solo para los actores directamente involucrados en la industria marítima, como armadores, capitanes, aseguradores y operadores portuarios, sino también para cualquier profesional del derecho o economista interesado en la infraestructura legal que sostiene una parte significativa del comercio internacional y la soberanía nacional. A través de este análisis exhaustivo, desglosaremos los artículos más relevantes, ofreciend...

Código de Comercio Chile: Navegación, Comercio Marítimo | Althox

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El Código de Comercio de Chile es un pilar fundamental en la regulación de las actividades económicas del país, y dentro de su estructura, los Libros III y IV se dedican específicamente a la compleja y esencial materia de la navegación y el comercio marítimo. Estas secciones son cruciales para entender el marco legal que rige a las naves, los artefactos navales, la propiedad naval, y los intrincados sistemas de privilegios e hipotecas que aseguran la estabilidad y el funcionamiento de la industria marítima. Su estudio es indispensable para abogados, empresarios y cualquier actor involucrado en el sector. La normativa chilena en esta área busca equilibrar la protección de los intereses nacionales con la armonización con el derecho marítimo internacional, dada la naturaleza global de la navegación. A través de este análisis exhaustivo, desglosaremos los artículos más relevantes, sus implicaciones prácticas y la importancia de cada disposición para la seguridad jurídica y el desarrollo...