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Mostrando las entradas que coinciden con la búsqueda de alianzas OR comerciales OR internacionales

Farggi: Expansión Internacional de Helados Artesanales | Althox

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La internacionalización es una meta estratégica crucial para muchas empresas que buscan expandir su alcance y diversificar sus mercados. En el sector alimentario, y específicamente en el de los productos gourmet como los helados artesanales, este proceso implica superar barreras culturales, logísticas y regulatorias significativas. La empresa catalana Farggi, parte del Grupo Farga, ha sido un ejemplo notable de esta ambición, emprendiendo una estrategia de expansión global que la llevó a posicionar sus productos en diversos continentes, consolidando su marca más allá de las fronteras españolas. Este artículo explora en profundidad la estrategia de internacionalización de Farggi, analizando los mercados clave a los que se dirigió, los acuerdos comerciales que facilitaron su entrada y el impacto de estas decisiones en su crecimiento y posicionamiento como referente en la industria de helados y repostería congelada. Desde la conquista del exigente mercado italiano hasta el ambicioso sa...

Código de Comercio Colombiano - Decreto 410 de 1971 - Libro Quinto - De la Navegación - Primera Parte - De la Navegación Acuática - Título XIII - Del Seguro Marítimo - Segunda Parte - De la Aeronáutica - Capítulo X - Explotador de Aeronaves - Del: Art. 1851 Al: Art. 1870

Art. 1851.-  Es explotador de una aeronave la persona inscrita como propietaria de la misma en el registro aeronáutico. El propietario podrá transferir la calidad de explotador mediante acto aprobado por la autoridad aeronáutica e inscrito en el registro aeronáutico nacional. Art. 1852.-  La autoridad aeronáutica no ordenará el registro de una persona en calidad de explotador, si no reúne las condiciones técnicas, económicas y administrativas y demás requisitos exigidos en las leyes y en los reglamentos para operar aeronaves. Art. 1853.-  Se entiende por servicios aéreos comerciales los prestados por empresas de transporte público o de trabajos aéreos especiales. Son empresas de transporte público las que, debidamente autorizadas, efectúan transporte de personas, correo o carga; son empresas de trabajos aéreos especiales, las que, con igual autorización, desarrollan cualquier otra actividad comercial aérea. Art. 1854.-  Los servicios aéreos comerciales d...

Ministerio Ciencia Innovación: Impulso Tecnológico y Colaboración Público-Privada | Althox

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El Ministerio de Ciencia e Innovación de España desempeña un papel fundamental en la configuración del futuro tecnológico y científico del país. Su misión abarca desde la formulación de políticas que impulsan la investigación y el desarrollo (I+D) hasta la promoción de la transferencia de conocimiento y la colaboración entre el sector público y privado. Esta entidad es el motor que busca transformar la economía española hacia un modelo más basado en el conocimiento, la innovación y la sostenibilidad. La inversión estratégica en empresas de base tecnológica y proyectos emprendedores es una de las herramientas clave del Ministerio para alcanzar estos objetivos. A través de diversas iniciativas y fondos, se busca potenciar el talento nacional, atraer inversión extranjera y consolidar a España como un referente en áreas de alta tecnología. Este enfoque no solo genera riqueza y empleo de calidad, sino que también aborda desafíos sociales y medioambientales con soluciones innovadoras. ...

Código de Comercio Colombiano - Decreto 410 de 1971 - Libro Quinto - De la Navegación - Primera Parte - De la Navegación Acuática - Título XIII - Del Seguro Marítimo - Segunda Parte - De la Aeronáutica - Capítulo II - Navegación Aérea - Del: Art. 1783 Al: Art. 1788

Art. 1783.-  Por navegación aérea se entiende el tránsito de aeronaves por el espacio. Art. 1784.-  La navegación aérea es libre en todo el territorio nacional, sin perjuicio de limitaciones establecidas en la ley y disposiciones reglamentarias. Art. 1785.-  La navegación aérea con fines comerciales entre puntos situados en el territorio de la República se denomina de cabotaje y se reserva a las aeronaves colombianas salvo lo previsto por convenios internacionales. Art. 1786.-  Para las aeronaves de Estado en vuelo o que operen en un aeropuerto civil, rigen las normas sobre tránsito aéreo que determine la autoridad aeronáutica, sin perjuicio de que puedan apartarse de ellas por causa de su actividad específica, en cuyo caso deberán establecerse previamente las medidas de seguridad que sean convenientes. Art. 1787.-  por razones de seguridad aérea, la autoridad competente podrá realizar las verificaciones que sean necesarias en los viajeros, tripulaci...

Crisis Climática: Innovaciones y Desafíos Globales | Althox

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La crisis climática representa el mayor desafío de nuestro tiempo, amenazando la estabilidad de los ecosistemas, las economías y las sociedades a nivel global. Sus efectos se manifiestan en fenómenos meteorológicos extremos, cambios en los patrones de precipitación y el aumento del nivel del mar, impactando directamente la vida de millones de personas. Sin embargo, en medio de esta urgencia, emerge un panorama de innovación sin precedentes, donde la ciencia y la tecnología se unen para forjar soluciones. Este artículo explora las vanguardias tecnológicas y los complejos obstáculos que definen la lucha por un futuro sostenible, ofreciendo una visión equilibrada de la esperanza y la realidad que enfrentamos. La integración de energías renovables en el diseño urbano es clave para un futuro sostenible y resiliente. Tabla de Contenidos La Urgencia de la Crisis Climática Global Innovaciones Tecnológicas en Mitigación y Adaptación Desafíos Socioeconómicos y Políticos ...

Código de Comercio de Colombia - Decreto 410 del 27 de Marzo 1971 (Libro Primero)

DECRETO 410 DE 1971  (Marzo 27)  Por el cual se expide el Código de Comercio  EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA  En ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere el numeral 15 del artículo 20 de la ley 16 de 1968, y cumplido el requisito allí establecido,  DECRETA:  TÍTULO PRELIMINAR  DISPOSICIONES GENERALES Art. 1.- Los comerciantes y los asuntos mercantiles se regirán por las disposiciones de la ley comercial, y los  casos no regulados expresamente en ella serán decididos por analogía de sus normas. Art. 2.- En las cuestiones comerciales que no pudieren regularse conforme a la regla anterior, se aplicarán las disposiciones de la legislación civil. Art. 3.- La costumbre mercantil tendrá la misma autoridad que la ley comercial, siempre que no la contraríe manifiesta o tácitamente y que los hechos constitutivos de la misma sean públicos, uniformes y reiterados en el lugar donde hayan d...